Rotación de pico y placa para Medellin
La rotación del pico y placa que rige a vehículos particulares y motos de 2 tiempos en Medellín empezará el próximo lunes 3 de agosto y se mantendrá hasta el 1 de febrero de 2010.
Arrancando el 3 de agosto la medida de rotación contempla que durante las dos primeras semanas (entre 3 y 14 de agosto) no haya lugar a comparendos por incumplimiento de la medida, sin embargo el vehículo podrá ser inmovilizado.
La secretaría de transito de Medellin busca con la medida mejorar la movilidad en la ciudad. El no acatamiento a las restricciones vehículares genera una multa de 15 SMDLV, equivalentes a $249.450 más la inmovilización del vehículo.
Notas importantes:
El pico y placa continuará con su horario habitual de 6:30 a 8:30 a.m. y 5:30 a 7:30 p.m.
Las vías que están libres de la medida de pico y placa no cambiarán:
- Todos los puentes sobre el río, incluyendo sus lazos de salidas e ingresos, que se encuentren dentro de la jurisdicción del municipio de Medellín y la autopista Norte desde el puente de Acevedo hasta el límite con el municipio de Bello.
- Los vehículos que circulan en sentido occidente-oriente sobre la calle 10 a la altura de la carrera 48 (glorieta Éxito El Poblado) tendrán su conexión para empalmar con la vía regional circulando por la glorieta indicada a tomar el lazo que conecta la carrera 48 con el Sistema Vial del Río, a la altura de la calle 14.
- Avenida Regional, calzadas oriental y occidental.
- Avenida las Palmas y su empalme con las calles 37 (Av. 33), 36 y 38, hasta el sistema del río.
- Carretera al mar, empalmado con la calle 65 a la altura de la avenida 80 que incluye la loma de Robledo, hasta la transversal 73 (vía Volador), empalmando con la transversal 78, hasta la carrera 67; carrera 67 desde la transversal 78, hasta la calle 80; calle 80 hasta la carrera 65, y por ésta última hasta la glorieta de la Terminal de Transportes del Norte.
- Calle 10 entre el corredor del río hasta la Terminal de Transportes del Sur y vías de servicio aledañas a ésta.
Los vehículos que no están obligados a cumplir la medida son:
- Los vehículos particulares que usen gas natural vehicular como combustible y que así lo acrediten con la respectiva certificación.
- Vehículos de transporte escolar.
- Vehículos para el transporte de alimentos perecederos.
- Vehículos dotados tecnológicamente para el mantenimiento de redes de servicios públicos esenciales (energía, semaforización, telefonía, acueducto y alcantarillado, gas, sistema METRO).
- Vehículos operativos de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios.
- Vehículos pertenecientes a la Fuerzas Militares, Policía Nacional, DAS y los del INPEC que sean especialmente destinados para el transporte de personal detenido.
- Ambulancias, incluidas las veterinarias, bomberos y todos aquellos que transporten equipo y material logístico, así como los que prestan atención médica personalizada), y los vehículos requeridos para la atención de siniestros.
- Vehículos propiedad de medios de comunicación o especialmente contratados e identificados para esta labor, además los que estén dotados de equipos que no permitan que sea reemplazado por otro vehículo.
- Vehículos destinados al control de tráfico, las grúas y carros talleres o de asistencia técnica debidamente identificados.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas discapacitadas, siempre y cuando el o los discapacitados estén ocupando el vehículo.
- Vehículos acreditados para transportar valores.
- Vehículos de transporte público colectivo.
- Vehículos colectivos tipo bus, buseta y/o microbús de servicio particular de propiedad de las empresas destinados al transporte de su personal.
- Vehículos recolectores de basura, debidamente acreditados.
- Vehículos de carga, incluyendo sólo aquellos en cuya matrícula no se establezca capacidad de pasajeros. En todo caso, seguirán vigentes las restricciones establecidas para este tipo de transporte.
- Vehículos de servicio especial.
- Vehículos con blindaje igual o superior a nivel tres (3).
- Coches funerarios, más no el cortejo fúnebre.
Artículos relacionados:
- Rotación de Pico y Placa para Bogotá Teniendo en cuenta el parágrafo del artículo 1, del decreto...
- Se levanta Pico y Placa en Bogotá y Medellín Desde este lunes 28 de diciembre, de acuerdo al Decreto...
- Transmilenio presenta tres rutas nuevas para afrontar pico y placa de 14 horas Con el fin de contrarrestar los posibles problemas de congestión...
- Cambio de Pico y Placa en Medellín A partir del lunes 3 de Agosto los ciudadanos medellinenses...
- Paciencia para el inicio de las obras para Fase III de Transmilenio Arranca la adecuación de vías de desvío para dar inicio...

